miércoles, 10 de junio de 2015

10 El factor residual

Austin habla de una revolución en la filosofía [§4], la cual consistiría en pasar de la falacia descriptiva (según la cual el lenguaje describe el mundo) a la concepción de los actos de habla (según la cual con el lenguaje hacemos mundo). En otras palabras, dada la clasificación que diría algo así como: “sólo tienen importancia las expresiones que describen el mundo, los enunciados (de los que se puede decir si son V o F); por lo tanto, las oraciones que se aparten de las características de aquéllos, serán pseudo-enunciados (sinsentidos)”, la revolución consistiría en pasar a una clasificación que diga: “las oraciones —o expresiones— pueden ser constatativas (de las cuales se puede decir si son V o F), pero también pueden ser realizativas (en relación con las cuales ya no es pertinente decir si son V o F, sino que habría que inventar nuevos juicios)”.
Obsérvese que, en la primera clasificación, hay un elemento residual; es decir, algo que no cabe en la clasificación, y que —en ese caso— se lo considera desechable; algo así como: “no cabe, porque no es digno de estar en la clasificación”. De ahí las denominaciones de pseudo-enunciados o de sinsentidos, donde ‘pseudo-’ antepone a ‘enunciado’ la idea de falso, y donde ‘sin-’ antepone a ‘sentido’ la idea de falta.
Toda clasificación apunta a ser exhaustiva, es decir, a agotar todo el universo que tiene por clasificar (en otras palabras: que no queden elementos sueltos); sin embargo, no es infrecuente que aparezcan estos elementos molestos que empañan la clasificación. Ante este fenómeno, se presentan varias actitudes:
1. Se introduce el elemento residual en la clasificación, aunque no quede del todo bien puesto (como el ornitorrinco, incluido en los mamíferos y, no obstante, con la característica de poner huevos, que no es propia de los mamíferos).
2. Se considera el elemento residual como un error y, entonces, no se lo incluye en la clasificación (es el caso —nos dice Austin— de los filósofos frente al realizativo: lo consideran falso, carente de sentido).

Pues bien, lo que presenciamos en la primera conferencia de Austin es otra salida posible, distinta de las dos anteriores:

3. Hacer otra clasificación, esgrimir nuevos criterios, con los cuales se pueda incluir el elemento que antes era sobrante o problemático (es lo que hace Austin).

Así, un elemento, que era residual en la clasificación de filósofos y gramáticos (lo que en la teoría de los actos de habla queda agrupado como ‘realizativo’), pasa a ser fundamental en la nueva clasificación. Es decir lo que era ‘pseudo-’ (falso) para los filósofos, ahora es legítimo y constituye nada menos que la mitad de la clasificación (con todo, no olviden que esa nueva clasificación es tentativa [cf. nota #2 del texto de Austin]).

Un paréntesis: en términos de la reflexión sobre educación que hicimos en el pasado encuentro presencial, podríamos decir que las salidas 1 y 2 permiten hacer constatativos, pero que no parecen estar bajo realizativos que logren hacer pensar. La salida 3, en cambio, al poner el énfasis sobre los criterios de clasificación (y no tanto en las expresiones constatativas a las que puede dar lugar), parece tener más posibilidades en la perspectiva formativa.
Fin del paréntesis.

Ahora bien, ¿quiere esto decir que la nueva clasificación no pueda tener también algún elemento residual? Si es más importante el hecho de no poderse clasificar que su tamaño, el elemento residual se convierte en un motor que empuja a crear criterios que justifiquen su exclusión o a crear criterios de clasificación que permitan incluirlo (es lo que vemos en el caso de la postura de Austin frente a la tradición filosófica y gramatical).
En este punto nos preguntamos: la clasificación de Austin, ¿tiene residuo? Veamos: el “sinsentido”, que antes configuraba la clase de las oraciones que se salían del marco de los enunciados, ahora es puesto por Austin como un efecto de cierto uso:
« El tipo de expresión lingüística que hemos de considerar aquí, no es en general un tipo de sinsentido; aunque, como veremos, el mal uso de ella puede originar variedades especiales de “sinsentido”» [§5].

“Mal uso”, dice Austin. Ha reducido el tamaño del residuo, ya no ocupa, todo el campo de los enunciados que no describen hechos, sino solamente el campo de los malos usos. ¿Y si fuera un asunto característico del vínculo humano?
Así mismo, para introducir el realizativo, lo describe como «expresiones lingüísticas que se disfrazan» [§5]. ¿Qué quiere decir ese “disfraz”? Si dice que los gramáticos no han visto detrás del disfraz, ¿no está diciendo que se trata de un nivel superficial? Agrega que los filósofos han visto detrás de manera incidental y que los juristas deberían ser los que mejor tendrían que hacerlo, pero que sucumben ante su máxima “un enunciado de derecho es un enunciado de hecho”.
Desde el punto de vista gramatical, no hay diferencia entre las siguientes dos frases:
Él jura cumplir
Yo juro cumplir


Tres palabras cada una. En la columna del pronombre, se han usado alternativamente dos (‘él’/‘yo’); en consecuencia, en la columna del verbo se ha realizado una concordancia a esos pronombres, en presente del indicativo (‘jura’/‘juro’); y, finalmente, el complemento directo del verbo principal es el mismo: ‘cumplir’. ¿Dónde está la diferencia? ¿Hay “engaño” o “imitación”, como dice Austin [§5]? ¿Tendría que tener la estructura de la lengua una manera de hacer las diferencias que Austin quiere introducir? ¿Qué implicaciones tienen la respuesta positiva y la negativa?