Austin habla de una revolución en la filosofía [§4],
la cual consistiría en pasar de la falacia
descriptiva (según la cual el lenguaje describe el mundo) a la concepción
de los actos de habla (según la cual con el lenguaje hacemos mundo). En otras
palabras, dada la clasificación que diría algo así como: “sólo tienen importancia
las expresiones que describen el mundo, los enunciados (de los que se puede
decir si son V o F); por lo tanto, las oraciones que se aparten de las
características de aquéllos, serán pseudo-enunciados (sinsentidos)”, la revolución
consistiría en pasar a una clasificación que diga: “las oraciones —o
expresiones— pueden ser constatativas (de las cuales se puede decir si son V o
F), pero también pueden ser realizativas (en relación con las cuales ya no es
pertinente decir si son V o F, sino que habría que inventar nuevos juicios)”.
Obsérvese que, en la primera clasificación, hay un
elemento residual; es decir, algo que no cabe en la clasificación, y que —en
ese caso— se lo considera desechable; algo así como: “no cabe, porque no es
digno de estar en la clasificación”. De ahí las denominaciones de pseudo-enunciados o de sinsentidos, donde ‘pseudo-’ antepone a ‘enunciado’
la idea de falso, y donde ‘sin-’
antepone a ‘sentido’ la idea de falta.
Toda clasificación apunta a ser exhaustiva, es decir,
a agotar todo el universo que tiene por clasificar (en otras palabras: que no
queden elementos sueltos); sin embargo, no es infrecuente que aparezcan estos
elementos molestos que empañan la clasificación. Ante este fenómeno, se
presentan varias actitudes:
1. Se
introduce el elemento residual en la clasificación, aunque no quede del todo
bien puesto (como el ornitorrinco, incluido en los mamíferos y, no obstante, con
la característica de poner huevos, que no es propia de los mamíferos).
2. Se
considera el elemento residual como un error y, entonces, no se lo incluye en
la clasificación (es el caso —nos dice Austin— de los filósofos frente al
realizativo: lo consideran falso, carente de sentido).
Pues bien, lo que presenciamos en la primera
conferencia de Austin es otra salida posible, distinta de las dos anteriores:
3. Hacer otra clasificación, esgrimir
nuevos criterios, con los cuales se pueda incluir el elemento que antes era
sobrante o problemático (es lo que hace Austin).
Así, un elemento, que era residual en la clasificación
de filósofos y gramáticos (lo que en la teoría de los actos de habla queda
agrupado como ‘realizativo’), pasa a ser fundamental en la nueva clasificación.
Es decir lo que era ‘pseudo-’ (falso) para los filósofos, ahora es legítimo y
constituye nada menos que la mitad de la clasificación (con todo, no olviden
que esa nueva clasificación es tentativa [cf. nota #2 del texto de Austin]).
Un paréntesis: en términos de la reflexión sobre educación
que hicimos en el pasado encuentro presencial, podríamos decir que las salidas
1 y 2 permiten hacer constatativos, pero que no parecen estar bajo realizativos
que logren hacer pensar. La salida 3, en cambio, al poner el énfasis sobre los
criterios de clasificación (y no tanto en las expresiones constatativas a las
que puede dar lugar), parece tener más posibilidades en la perspectiva
formativa.
Fin del paréntesis.
Ahora bien, ¿quiere esto decir que la nueva
clasificación no pueda tener también algún elemento residual? Si es más
importante el hecho de no poderse clasificar que su tamaño, el elemento
residual se convierte en un motor que empuja a crear criterios que justifiquen
su exclusión o a crear criterios de clasificación que permitan incluirlo (es lo
que vemos en el caso de la postura de Austin frente a la tradición filosófica y
gramatical).
En este punto nos preguntamos: la clasificación de
Austin, ¿tiene residuo? Veamos: el “sinsentido”, que antes configuraba la clase
de las oraciones que se salían del marco de los enunciados, ahora es puesto por
Austin como un efecto de cierto uso:
« El tipo de
expresión lingüística que hemos de considerar aquí, no es en general un tipo de
sinsentido; aunque, como veremos, el mal uso de ella puede originar variedades
especiales de “sinsentido”» [§5].
“Mal uso”, dice Austin. Ha reducido el tamaño del
residuo, ya no ocupa, todo el campo de los enunciados que no describen hechos,
sino solamente el campo de los malos usos. ¿Y si fuera un asunto característico
del vínculo humano?
Así mismo, para introducir el realizativo, lo describe
como «expresiones lingüísticas que se disfrazan» [§5]. ¿Qué quiere decir ese “disfraz”?
Si dice que los gramáticos no han visto detrás del disfraz, ¿no está diciendo
que se trata de un nivel superficial? Agrega que los filósofos han visto detrás
de manera incidental y que los juristas deberían ser los que mejor tendrían que
hacerlo, pero que sucumben ante su máxima “un enunciado de derecho es un
enunciado de hecho”.
Desde el punto de vista gramatical, no hay diferencia
entre las siguientes dos frases:
Él
jura cumplir
Yo
juro cumplir
Tres palabras cada una. En la columna del pronombre,
se han usado alternativamente dos (‘él’/‘yo’); en consecuencia, en la columna
del verbo se ha realizado una concordancia a esos pronombres, en presente del
indicativo (‘jura’/‘juro’); y, finalmente, el complemento directo del verbo principal
es el mismo: ‘cumplir’. ¿Dónde está la diferencia? ¿Hay “engaño” o “imitación”,
como dice Austin [§5]? ¿Tendría que tener la estructura de la lengua una manera
de hacer las diferencias que Austin quiere introducir? ¿Qué implicaciones tienen
la respuesta positiva y la negativa?